jueves, 23 de agosto de 2007

TEMA VIII:La Relacion Juridica.

Relación Jurídica:

Es una relación humana, o de vida que al se reconocida por el derecho e integrado en el supuesto de hecho de una o varias normas, produce consecuencias jurídicas.

Elementos:

- Sujeto activo: Es el titular u beneficiario principal de la relación.

- Sujeto pasivo: Es el deudor de la prestación principal.

- Vínculo de atribución: Capaz de ligar a una persona con otra.

- Un objeto: Es la razón de ser del vínculo constituido.

Clasificación de la relación jurídica:

- De cuerdo con su estructura:

Simple: Muestra un solo vínculo entre sujetos que intervienen en ella, ejemplo: La donación.

Compleja: Implica dos o más vínculos, ejemplo: Los contratos de arrendamiento.

- Por el acuerdo de voluntades:

Convencionales. Surgen con motivo de un acuerdo de voluntad, (acto jurídico).

Extra-convencionales: Surgen de un hecho jurídico.

Situación jurídica: Es el conjunto de derechos y deberes determinados o eventuales que el derecho atribuye a una persona en ciertas condiciones.

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