Relación Jurídica:
Es una relación humana, o de vida que al se reconocida por el derecho e integrado en el supuesto de hecho de una o varias normas, produce consecuencias jurídicas.
Elementos:
- Sujeto activo: Es el titular u beneficiario principal de la relación.
- Sujeto pasivo: Es el deudor de la prestación principal.
- Vínculo de atribución: Capaz de ligar a una persona con otra.
- Un objeto: Es la razón de ser del vínculo constituido.
Clasificación de la relación jurídica:
- De cuerdo con su estructura:
Simple: Muestra un solo vínculo entre sujetos que intervienen en ella, ejemplo: La donación.
Compleja: Implica dos o más vínculos, ejemplo: Los contratos de arrendamiento.
- Por el acuerdo de voluntades:
Convencionales. Surgen con motivo de un acuerdo de voluntad, (acto jurídico).
Extra-convencionales: Surgen de un hecho jurídico.
Situación jurídica: Es el conjunto de derechos y deberes determinados o eventuales que el derecho atribuye a una persona en ciertas condiciones.
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